Esta ley tiene su raíz en la Constitución, en la primera ley del consumidor de 1984 y en la ley de textos refundidos de 2007.
La abogada D.ª Aurelia Fuentes nos informó sobre aspectos relacionados con esta ley de consumo.
Se debe tener en cuenta que se considera consumidor a un particular.
A lo largo de esta charla nos dio una serie de consejos para no tener problemas ante la adquisición de productos y servicios como consumidores.
Lo primero es leer bien el etiquetado del producto a comprar o las cláusulas y letra pequeña del servicio a contratar, ya sea un seguro, una hipoteca o cualquier otro servicio de los que ofrece el mercado.
Se debe guardar siempre la factura y los tickets, es mejor hacer una foto y meterlos en una carpeta en nuestro álbum de fotos, dado que la tinta se borra y los papeles se extravían.
Se debe guardar una muestra del producto, en los casos que ha dado un problema, por ejemplo alimentario,
Conservar la etiqueta y la factura, así como la garantía.
Se deben leer siempre las instrucciones y manuales de uso.
En caso de algún problema o desperfecto se si queremos reclamar se puede acudir a la OMIC, aunque sus decisiones e informes no son vinculantes, no obligan.
Se puede acudir a los tribunales si tenemos al menos la factura o ticket y queremos reclamar por defecto o problema no atendido por el fabricante.
Estos temas legales los trasmite Aurelia muy bien, de forma amena y resolviendo múltiples preguntas.
Fotos por Matilde Mellado
Entrada ofrecida por Rosa Gutiérrez